﻿_id	Incentivo salarial	Base legal	PUESTOS PARA LOS QUE RIGE	CATEGORÍAS QUE SE INCLUYEN
1	Peligrosidad	Artículo 69 de la Convención Colectiva de la Municipalidad de Santa Ana. Establece el 10% de sobresueldo del salario de los trabajadores. Artículo 33 inciso D del Reglamento del Servicio de Seguridad y Vigilancia de la Municipalidad de Santa Ana. Establece el 18% de sobresueldo del salario de los trabajadores. Reglamento para el Pago de Pluses Salariales de la Municipalidad de Santa Ana, publicado en el Alcance Digital No.230, Gaceta 204, 25 de Octubre de 2016.	Trabajadores del área de caminos,  recolección, aseo de vías, parques y ornato, residuos y peones de cementerios.	OM 1D, OM  1C, OM 1B.
2	Riesgo Policial	Artículo 69 de la Convención Colectiva de la Municipalidad de Santa Ana. Establece el 10% de sobresueldo del salario de los trabajadores. Artículo 33 inciso D del Reglamento del Servicio de Seguridad y Vigilancia de la Municipalidad de Santa Ana. Establece el 18% de sobresueldo del salario de los trabajadores. Reglamento para el Pago de Pluses Salariales de la Municipalidad de Santa Ana, publicado en el Alcance Digital No.230, Gaceta 204, 25 de Octubre de 2016.	Policía y Guardas municipales.	OM 1B, PM 1A, PM 2A, SM 2, TM 2B.
3	Disponibilidad	Artículo 69 de la Convención Colectiva de la Municipalidad de Santa Ana. Establece el 10% de sobresueldo del salario de los trabajadores. Artículo 33 inciso D del Reglamento del Servicio de Seguridad y Vigilancia de la Municipalidad de Santa Ana. Establece el 18% de sobresueldo del salario de los trabajadores. Reglamento para el Pago de Pluses Salariales de la Municipalidad de Santa Ana, publicado en el Alcance Digital No.230, Gaceta 204, 25 de Octubre de 2016.	Encargado de Servicios Generales, Encargado de Recolección, Encargado de Cuadrillas, Encargado y peones de Cementerios, Técnico en Computación y Asesores del Concejo Municipal.	TM 2B, OM 1C, OM 1D.
4	Dedicación Exclusiva	Artículo 69 de la Convención Colectiva de la Municipalidad de Santa Ana. Establece el 10% de sobresueldo del salario de los trabajadores. Artículo 33 inciso D del Reglamento del Servicio de Seguridad y Vigilancia de la Municipalidad de Santa Ana. Establece el 18% de sobresueldo del salario de los trabajadores. Reglamento para el Pago de Pluses Salariales de la Municipalidad de Santa Ana, publicado en el Alcance Digital No.230, Gaceta 204, 25 de Octubre de 2016.	Planificador Municipal, Encargado de Recursos Humanos, Encargado de Archivo Municipal, Encargado de Análisis y Presupuesto, Director de Servicios, Directora de Inversiones y Obras, Ingeniero Civil, Gestor Ambiental, Contralor Ambiental, Promotor Social, Vulnerabilidad Social, Topógrafos.	DIR, PM 1A, PM 2A, PM 2B.
5	Prohibición	Ley General de Control Interno Ley No.8292, Código de Normas y Procedimientos Tributarios Ley No.4755, Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ílicito en la Función Pública Ley No.8422, Código Municipal Ley No.7794.	Abogados, Auditoría, Director de Hacienda, Encargados de Valoraciones, Encargado de Catastro, Péritos, Encargada de Plataforma, Director Administrativo, Proveedora, Encargado de Informática, Contador Municipal, Tesorero Municipal, Encargada de Patentes, Alcalde, Vicealcaldesa.	Alcalde, DIR, PM 1A, PM 1B, PM 2A, PM  2B, Vicealcaldesa.
6	Carrera Profesional	Reglamento para la Aplicación de la Carrera Profesional a los Profesionales de la Municipalidad de Santa Ana, aprobado en la Sesión Ordinaria No.178 celebrada el 1 de noviembre de 2005.	Funcionario que lleve a cabo la solicitud de carrera profesional y según el reglamento cumpla con requisitos	DIR, PM 1A, PM 2A, PM 2B.
7	Anualidades	Artículo 85 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de Santa Ana, aprobado en la Sesión Ordinaria No.93 celebrada el 7 de febrero de 2012.	Todo el personal municipal que cumpla años laborados en la  organización.	Todas las categorías.
