MSA-AUI-01-062-2020 Santa Ana, 6 de octubre de 2020 Señores Concejo Municipal Asunto: Sobre eventuales conflictos de interés asesores de Comisiones del Concejo Municipal. Estimables señores: En cumplimiento de las funciones establecidas en el inciso d) del art. 22 de la Ley General de Control Interno, este despacho de fiscalización superior de la Hacienda Pública, ante comunicaciones hechas a esta auditoría interna, en torno a presuntos conflictos de interés de parte de asesores de las Comisiones del Concejo Municipal, a la hora de abordar temas en los cuales ellos podrían tener interés particular, se procede a indicar al Concejo Municipal que debe tomar medidas preventivas, con el propósito de evitar que se den estas inconvenientes situaciones. El generar conflictos de intereses en temas municipales, es un incumplimiento normativo y ético, que afecta negativamente la imagen y la reputación institucional. Se insta a los señores regidores y regidoras a tener el debido cuidado y que se tomen las medidas preventivas correspondientes, de modo que no se materialice el riesgo de conflictos de interés en las referidas comisiones. Saludos cordiales, Lic. Mario Chan Jiménez Auditor Municipal.